El juzgado de primera instancia número 6 de Palma ha decidido aplazar hasta el próximo mes de septiembre la exhumación del cadáver del financiero mallorquín Juan March, que descansan en el cementerio de Palma. El juez recibió hace un mes una notificación del juzgado de primera instancia número 8 de Madrid en la que se ordenaba proceder a la exhumación de los restos. El objetivo es recoger una muestra de ADN y cotejarla con la de un ciudadano que ha acudido al juzgado de Madrid para demostrar que es el hijo no reconocido del millonario mallorquín, que precisamente falleció en las afueras de Madrid en un accidente de tráfico ocurrido en el mes de marzo de 1962.

Los restos del empresario descansan desde hace más de medio siglo en el espectacular panteón construido en el cementerio de Palma. También están allí enterrada su esposa Leonor Servera y otros de sus más directos familiares. La demanda de paternidad en el juzgado de Madrid se tramita con la máxima discreción, debido al personaje de quién se trata. Al parecer, antes de proceder a la exhumación de los restos, el juzgado ha intentado buscar otras pruebas para demostrar si el demandante es o no familiar directo de March. Sin embargo, ninguna de estas pruebas ha sido concluyente y para despejar cualquier duda el juez ha decidido proceder al análisis de los restos del empresario, que al fallecer había reconocido a dos hijos fruto de su matrimonio con Leonor Servera. El objetivo de esta prueba es coger una pequeña muestra ósea del fallecido y comparar el ADN con el de esta persona que afirma que es un hijo no reconocido del multimillonario mallorquín.

Poco se sabe de la persona que ha presentado esta demanda de paternidad, pero en cualquier caso su edad rondaría los 70 años. Por ello, en medios judiciales ha sorprendido que haya presentado esta demanda a tan tardana edad, pero se desconocen las pruebas que le llevan a sostener que su padre fue Juan March, aunque nunca le reconociera como uno de sus hijos.

Sin forense

Fuentes jurídicas señalaron ayer que el juzgado de Palma se limitará a tramitar la orden y a enviar al secretario para dar fe pública de la exhumación del cadáver. Aclararon que los gastos derivados de esta prueba no corren, en ningún caso, a cargo del Estado y de hecho, al ser una demanda civil entre particulares, no es obligatoria la presencia de un médico forense. Los gastos los tendrá que asumir la parte que solicita la exhumación de los restos óseos del financiero. Tampoco es obligatorio la presencia de ningún familiar de ambas partes, pero sí la de un representante tanto del demandante como del demandado.