En círculos jurídicos ha sorprendido que el tribunal de la Audiencia haya impuesto una pena superior a Antoni Rebassa que a Francesc Buils. Es decir, ha castigado con más dureza al que ha cumplido la orden de un superior para que se cometiera una malversación, que al que dio dicha orden. El tribunal lo explica en su sentencia. No se ha impuesto una pena superior a Buils porque el contrato menor de 12.000 euros que se firmó a Arbona, exalcalde de Sóller por UM, se pagó cuando ya había cesado en su cargo de conseller,"con lo que el mandato y órdenes dadas habían perdido su virtualidad". En cambio, en el caso de Rebassa, éste se mantiene en su cargo en Inestur, tanto en el momento que se ordena la contratación del hotelero de Sóller, como cuando se abona el contrato de 12.000 euros.

Con toda seguridad la sentencia de la Audiencia de Palma será recurrida ante el Tribunal Supremo y no está previsto que la fiscalía Anticorrupción solicite, como no lo ha hecho en otros casos, el ingreso inmediato en prisión de los acusados. Se esperará a que el Supremo, que cada vez acumula más recursos de casos de malversación procedentes de Palma, se pronuncie.