El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha confirmado hoy todos los servicios mínimos fijados por el Govern para la huelga general de mañana a excepción de los de los comedores escolares, que quedan anulados.

El alto tribunal balear ha desestimado la petición de suspensión de servicios mínimos planteada por los sindicatos convocantes del paro en el ámbito del transporte escolar y del transporte discrecional por carretera.

Esta decisión representa un aval para las prestaciones mínimas establecidas por el Govern, que contemplan el 60 por ciento de las rutas de transporte escolar y que 160 autobuses lleven a cabo el transporte de turistas entre los aeropuertos y los hoteles.

La sala de lo contencioso administrativo del TSJB también confirma la validez de la orden para que los centros escolares cuenten al menos con un trabajador de conserjería durante la jornada de huelga, una medida contra la que habían recurrido los CCOO y UGT en el caso de los colegios de infantil y primaria.

En su resolución, adoptada después de escuchar esta mañana los argumentos de los representantes de los sindicatos y de la administración autonómica, el tribunal recuerda que la suspensión cautelar es una medida que se justifica en "la preservación del efecto útil de la sentencia" por "la posible aparición de situaciones irreversibles" una vez se resuelva la cuestión de fondo.

La sala entiende justo que el Govern haya establecido como servicios mínimos del transporte discrecional de viajeros por carretera el 60 % de los autocares, lo que significa que 160 autobuses desplazarán a turistas entre los aeropuertos y los hoteles.

La resolución también cree una medida "proporcionada" que el transporte escolar funcione al 60 % de lo establecido para cualquier jornada ordinaria.

Por contra, el presidente de la sala, Gabriel Fiol, y los magistrados Fernando Socias y Carmen Frigola entienden que la supresión del servicio en los comedores escolares "no afecta al funcionamiento normal" de los colegios hasta el punto de pesar más que el ejercicio del derecho constitucional de huelga.

El Govern había establecido en su orden de servicios mínimos que durante el paro debían trabajar al menos 1 cocinero y dos auxiliares en los comedores escolares con más de 200 estudiantes y un ayudante de cocina y un auxiliar en los comedores más pequeños.

La sala de lo contencioso administrativo del TSJB, que no impone costas por este procedimiento, señala finalmente que contra su resolución cabe recurso de reposición en un plazo de cinco días.