Caso Andratx. La audiencia ordenó su inmediato encarcelamiento por un chalé en suelo protegido
FELIPE ARMENDÁRIZ/J.F.MESTRE. PALMA.
La sección segunda de la Audiencia de Palma ordenó ayer por la tarde el ingreso inmediato de Eugenio Hidalgo, ex alcalde de Andratx por el PP, y Jaume Massot, antiguo jefe del área municipal de Urbanismo y destituido director general de Ordenación del Territorio en el anterior Govern del PP, por sendos delitos de prevaricación y urbanístico, al construir el primero un chalé en una finca rústica protegida. El Tribunal Supremo confirmó íntegramente la sentencia de la Audiencia de Palma de 23 de mayo de 2008 en la primera pieza separada del caso Andratx, donde también resultaron condenados el ex celador de obras del Ayuntamiento, Jaime Gibert, y el asesor jurídico externo municipal, Ignacio Mir, que, salvo sorpresas, no entrarán en prisión al haber recibido condenas leves. Hidalgo fue sentenciado a 4 años y Massot a 3,5 años de cárcel.
Jaume Massot, defendido en mayo de 2008 por Capellà y en la actualidad por Fernando Mateas, acudió ayer a la Audiencia para su presentación semanal. Massot estaba en libertad tras haber depositado una fianza y en el mismo Palacio de Justicia fue interceptado, hacia las dos de la tarde, por la Policía Judicial de la Guardia Civil quien lo condujo a prisión, tras pasar por su casa para recoger su neceser. Massot se mostró conmocionado ante un encarcelamiento que no esperaba de manera tan fulminante.
La Guardia Civil acudió después con rapidez a la casa de Hidalgo, representado en los primeros juicios por Rafael Perera y ahora por un letrado madrileño. Hidalgo fue localizado pasadas las tres y media de la tarde en su vivienda de la calle Tord (en Cala Moragues-Port d´Andratx) y desde allí conducido a prisión. El ex alcalde se quedó de piedra.
El Supremo desestimó también el recurso de casación de Ignacio Mir, defendido por Josep Zaforteza, y que fue condenado, por prevaricación administrativa, a un año de prisión y otros 8 años de inhabilitación. Jaime Gibert, ex celador de obras, defendido por Juan Matas, colabora con la fiscalía anticorrupción desde hace años, y pactó en su día una pena de cuatro meses de prisión por cada pieza separada del caso Andratx donde aparezca incriminado.
Sentencias pendientes
Hidalgo, que también estaba en libertad provisional y que, al igual que Massot, también visitó ayer los juzgados, tiene otra sentencia condenatoria de la Audiencia recurrida ante el Supremo. En este segundo fallo, el conocido como el del restaurante El Grillo, Massot fue sentenciado a 4 años de cárcel por falsificar certificados urbanísticos, y a 1 año de prisión por prevaricación urbanística. Eugenio Hidalgo recibió en la segunda sentencia la pena de 7 años de inhabilitación; mientras que su hermano Carlos fue condenado a 1,5 años de cárcel. Massot arrastra otra tercera condena, que está pendiente de recurso ante la Audiencia de Palma.
La sentencia de ayer se refiere al chalé de casi 130 metros cuadrados que Eugenio Hidalgo se construyó, entre 2002 y 2003, en una finca protegida como área rústica de interés paisajístico (ARIP) y, según el Supremo, valiéndose de su situación privilegiada de alcalde.
Agravante de alcalde
La sentencia aplica a Eugenio Hidalgo la agravante de prevalimiento de su condición de alcalde a la hora de intentar legalizar la edificación de su vivienda en una finca rústica protegida haciéndola pasar como si fuera una pequeña ampliación de una caseta o nave agrícola.
La personalidad del propio Hidalgo, que amenazó al celador de obras con echarle a la calle si no se plegaba a sus deseos, "y las características del hecho y de sus consecuencias, revelan lo ajustado de la extensión de las penas" para el ex alcalde y el jefe de Urbanismo.
El Alto Tribunal también adjudicada a Massot un papel protagonista en el entramado de corrupción. "Sin la emisión del informe arbitrario (por parte de Massot) no se habría alcanzado la licencia injusta; el informe fue determinante", dice la sentencia. El Supremo no analiza a fondo la actividad del celador Gibert, porque no se recurrió la sentencia para él. Sobre Ignacio Mir, el fallo descarta que hubiera cometido un simple error jurídico.