F. GUIJARRO. PALMA.
El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha sentenciado que buena parte de los festivos elegidos por el Govern balear para permitir la apertura de comercios no tienen el menor interés para los consumidores, por lo que los declara nulos. El problema radica en que esta decisión hace referencia a las fechas correspondientes a 2007, por lo que no tiene efectos en relación al calendario de este año.
El TSJB confirma así las tesis defendidas por la patronal española de grandes superficies comerciales (Anged), desde la que se viene reiterando que parte de las ocho fechas no laborables en las que se autoriza la apertura de comercios por parte del Ejecutivo autonómico no tienen otro objetivo que limitar las ventas que esos días puedan hacer los grandes establecimientos, ante la decisión de los pequeños de mantenerse cerrados. Hay que tener en cuenta que aunque la sentencia hace referencia a una medida adoptada por el anterior Gabinete del PP, desde Anged se afirma que la política desarrollada por los populares y por el Pacto es la misma en esta materia, con una elección de fechas de apertura que, al menos parcialmente, tiene como único objetivo favorecer a las pequeñas empresas del sector.
En este caso, la denuncia de Anged vino provocada por la decisión del anterior Govern del PP de incluir dentro de los ocho días de apertura comercial de 2007 las jornadas del 28 de enero, 20 de mayo, 24 de junio y 23 de septiembre, todas ellas domingos, sin haber justificado el interés que estas fechas tenían para el sector.
En opinión de la citada patronal, el objetivo de este calendario era favorecer a unos pequeños establecimientos que no tenían intención de abrir sus puertas, pero perjudicando a las grandes superficies ante la elección de fechas con una escasa demanda. Por ello, se consideró que se trataba de una medida arbitraria y perjudicial para sus intereses.
En la sentencia también se destaca la ausencia de cualquier estudio o análisis de las necesidades comerciales, o de una encuesta con la opinión de los consumidores.
Reincidencia
Algo en que las grandes superficies hacen hincapié en que ese mismo problema se dio en 2006, lo que también dio lugar a una sentencia en contra de algunas de las fechas seleccionadas.
Un aspecto que se ha venido lamentando desde Anged es que estas sentencias se producen cuando el calendario de aperturas ya ha sido superado, por lo que no tienen efectos reales.
Hay que recordar que esta patronal también se viene mostrando sumamente crítica contra el proyecto de ley de comercio que el Parlament está tramitando, al considerar que vulnera la normativa europea.