El comité de empresa de Serveis Ferroviaris de Mallorca denuncia la nulidad del acuerdo de plantilla

 23:29  

EP. PALMA. El Comité de Empresa de los Servicios Ferroviarios de Mallorca (SFM) ha interpuesto una denuncia ante el Juzgado de lo Social en el que le suplica que se celebre un juicio oral en el que se dicte una sentencia que declare la nulidad de acuerdo alcanzado "supuestamente" entre la dirección de empresa y el Comité el pasado 11 de septiembre de 2008 sobre la aplicación de la plantilla de trabajadores de SFM y que, por tanto, anule todas las ofertas de empleo realizadas en base a este documento.

En un comunicado, el Comité de Empresa informó de que ha presentado esta denuncia después de que la dirección de SFM haya decidido sin consultar con la plantilla la creación de nuevos cargos directivos, "antes inexistentes en la empresa y ahora decididos por una de las dos partes, sin derecho a negociación en lo que respecta a sus funciones, responsabilidad y cualificación".

"Hubiéramos preferido cumplir lo dispuesto en nuestro actual convenio y haber aprovechado el proceso de negociación del convenio colectivo para acordar las plazas y categorías laborales, tal y como marca la Ley, pero tanto el mecanismo empleado por la empresa, como el empecinamiento en continuar la convocatoria en lo que respecta a ciertas plazas de Jefaturas Técnicas, ha hecho que las posturas estén tan separadas", señaló.

Ante esta situación, pide al Juzgado de lo Social que anule el acuerdo de plantilla, teniendo en cuenta que la dirección de SFM no ha cumplido, a su juicio, el artículo 36.2 del convenio colectivo, que establece que "la elaboración anual de la plantilla deberá ser acordada con el Comité de Empresa antes de su aprobación por el Consejo de Administración".

En el escrito enviado al Juzgado, el Comité indica que en la reunión celebrada en abril de 2009 ante Inspección de Trabajo la empresa aportó el supuesto acuerdo, hoy impugnado, que "supuestamente había firmado y aprobado el Comité de Empresa".

Así, señala que una vez conocido el supuesto acuerdo por parte del Comité, éste observó que en el mismo existían unas firmas de miembros de este órgano pertenecientes a diversas organizaciones sindicales, "pero en ningún caso se alcanzaba la mayoría de las firmas de los miembros del Comité, ni se había aprobado en reunión de este órgano".

De este modo, remarca que el Comité como órgano colegiado no ha alcanzado ningún acuerdo con la empresa referido a ´plantillas´, "ni siquiera ha sido suscrito por la mayoría simple del mismo", tal como marca la Ley.

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