Queda poco más de un mes para cerrar 2014, pero todavía estamos a tiempo de aplicar una serie de trucos para conseguir pagar menos en la declaración de la renta del próximo año. Aportaciones a los planes de pensiones, rescates de fondos de inversión, venta de acciones, traspaso o compras de inmuebles, contribuciones a ONG, deducciones por vivienda o inversiones en empresas de emprendedores ofrecen una última oportunidad a los contribuyentes.

A medida que se acerca el final de año, se acaba el tiempo para tomar una serie de decisiones que desde el punto de vista fiscal pueden suponer un ahorro importante. Según el perfil del consumidor sea propietario, inquilino, asalariado, empresario, ahorrador o inversor podrá aplicar una serie de ventajas o deducciones fiscales que reduzcan la carga fiscal a soportar.

Este año y debido al impacto que tendrá la reforma fiscal, que entrará en vigor en 2015, son más relevantes los consejos para reducir en la medida de lo posible el coste de la factura fiscal. Según la Organización de Consumidores y Usuarios, son muchos los aspectos en los que para los consumidores tendrá impacto la citada reforma. Entre otras medidas, desaparecen algunos de los coeficientes de actualización del precio de compra para bienes inmuebles, la reducción de rentas de alquiler de inquilinos jóvenes, la exención para los primeros 1.500 euros por acciones, la deducción por obtención de rendimientos del trabajo y actividades económicas y la deducción por alquiler de vivienda habitual para los contratos nuevos, entre otros.

Por el contrario se crean nuevas deducciones para familias numerosas y contribuyentes con discapacitados a su cargo, se establece límites a tributación de las indemnizaciones por despido, compensaciones entre los rendimientos mobiliarios positivos y negativos y deducciones en los rendimientos del trabajo. Además se modifican diversos porcentajes de reducciones y los tipos de gravamen.

La vivienda, hipotecas y alquileres

Desde el punto de vista fiscal la medida que más impacto tiene en el ámbito de la vivienda es la desaparición de los coeficientes, que reducían las ganancias obtenidas con la venta de una vivienda, aunque finalmente esta medida se ha suavizado tras su paso por el Senado. Así, a partir de 2015 los coeficientes de abatimiento, que rebajaban la factura fiscal sobre la plusvalía en los bienes adquiridos antes de 1995, solo se aplicarán en la parte del valor de transmisión que no supere los 400.000 euros. El caso que se venden varios bienes o derechos, estos se acumularán hasta agotar el máximo. Estas bonificaciones fiscales afectan a casas, acciones, obras de arte o antigüedades.

Junto a esta modificación, en el caso de la venta de inmuebles también habrá que considerar que la reforma suprime los coeficientes de corrección monetaria. Puede haber casos en los que a un propietario si le interese vender el año que viene ,ya que en 2015 se rebajarán los tipos del IRPF a las rentas del ahorro. La reforma bajará en 2015 el tipo del IRPF a las plusvalías de hasta 6.000 euros al 20%, a las de entre 6.000 y 50.000 euros, al 22%, y a las superiores, al 24%.

En cualquier caso, es importante informarse con expertos y estar atento a la letra pequeña de la reforma fiscal para confirmar si es mejor vender una propiedad en 2014 o esperar a 2015. OCU también recomienda a aquellas personas que pronto vayan a cumplir 65 años que retrasen la venta de vivienda si están pensando en ello puesto que a partir de esa edad están exentas las ganancias.

Otra recomendación importante es la de amortizar hipoteca por anticipado para beneficiarse de la deducción por compra de vivienda habitual. Aunque esta deducción ha desaparecido, aquellos que compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 pueden disfrutarla con un límite de 1.356 euros en la cuota íntegra. Para ver si esta opción es viable, el usuario puede consultar el simulador de la página web de Hacienda y recuerda que algunas entidades pueden cobrar una comisión por la amortización anticipada.

Entre las muchas bonificaciones fiscales que la reforma fiscal eliminará el próximo año se encuentra la de alquiler. Así, puede ser el momento adecuado para firmar un contrato de alquiler y beneficiarse de la deducción durante más tiempo. Si tiene rentas inferiores a 24.107, 2 euros al año y está pensando en irse a un piso arrendado, firmando el contrato este año podrá deducirse por este concepto un 10,05% de las cantidades satisfechas. Sin embargo, si el contrato lo suscribe en 2015 perderá la deducción.

Acciones, Fondos y otras inversiones

Para los inversores y ahorradores la finalización del año es buen momento para realizar operaciones para mejorar la rentabilidad fiscal de las inversiones. No es recomendable vender inversiones con ganancias de menos de un año. A modo de ejemplo una ganancia de 4.000 euros en menos de un año pagaría 1.200 euros, si se vende después de un año pagaría 360 euros menos.

También es recomendable retrasar la venta de bienes de más de un año que acumulen ganancias debido a la menor tributación de las rentas del ahorro en 2015 y 2016. Si se ha sufrido pérdidas en algunos valores, puede compensarlas con las ganancias obtenidas en otros, siempre teniendo en cuenta si la cotización de los valores aconseja o permite este tipo de operaciones.

En cuanto a los primeros 1.500 euros del cobro de dividendos, pese a que hasta ahora estos cuenta con una bonificación que permite que estén exentos de tributar, esta medida se extinguirá con la entrada en vigo de la nueva reforma fiscal.

En cuanto a las inversiones con ganancias anteriores a 1995, pocas razones fiscales habría ya para desprenderse de sus fondos y acciones más antiguos siempre que el montante total de los bienes que usted posea adquiridos antes del 31/12/94 no alcancen los 400.000 euros.

Rentas del trabajo y planes de pensiones

Si se plantea aportar a su plan de pensiones, le conviene agotar el límite este año, 10.000 euros o 12.500 euros, ya que en 2015 el máximo se rebajará a 8.000 euros. La reforma fiscal del Gobierno también contempla que los planes que se contraten en esta campaña se puedan rescatar en 2025. Antes, solo se podía sacar el dinero en caso de fallecimiento, desahucio, accidente o enfermedad grave y paro de larga de duración. Como norma general, resultará más beneficioso rescatarlo el próximo año ya que los tipos del IRPF serán menores.

Las mejoras introducidas en las retribuciones por especie hacen aconsejable en algunos casos optar por estas retribuciones en vez del dinero. Si la situación familiar ha cambiado, por nacimiento de hijos, o pago de una pensión alimenticia, etc, es recomendable comunicarlo cuanto antes para bajar la retención en el IRPF.

Menos bajadas de impuestos de las anunciadas

Según OCU, a pesar de los mensajes del Gobierno sobre la bajada de impuestos que supone la anunciada reforma fiscal, estas no son tan importantes como se dice. Las rentas bajas, especialmente las que cobran menos de 12.000 euros brutos al año, dejarán de tributar y se verán beneficiadas. Sin embargo las rebajas de impuestos serán mucho menores de las anunciadas para las personas que ganan entre 12.000 y 30.000 euros.

A modo de ejemplo, si se compara con la tributación de 2011 antes de las medidas excepcionales de la crisis, en el caso de personas solteras o casados sin hijos, las rebajas de impuestos están entre el 2,12 y el 2,12% lejos de lo prometido por el Gobierno. Las rentas por encima de 40.000 euros verán como los impuestos suben de forma moderada en comparación de lo que pagaban en 2011.