Hacienda ha elevado al 60 % el porcentaje de reducción en el IRPF de los rendimientos de capital inmobiliario derivados del arrendamiento de vivienda, frente al 50 % contenido en el anteproyecto de ley de la reforma fiscal, según han asegurado a Efe fuentes del citado ministerio.

Este porcentaje del 60 %, aplicable a los arrendadores, es el que está vigente con carácter general, que asciende al 100 % si el inquilino es menor de 30 años.

El anteproyecto unificaba la reducción del 50 % para ambos casos, porcentaje que Hacienda eleva ahora al 60 %.

Sí se mantiene la desaparición de la deducción por alquiler de vivienda habitual para inquilinos, salvo para los contratos anteriores a 2015.

Se trata de la quinta novedad -respecto al anteproyecto- que se ha conocido estos días y que se incluirá en la reforma fiscal que se aprobará el próximo viernes en el último consejo de ministros antes del verano.

Así, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, anunció en Sevilla que el Gobierno elevará el umbral exento de indemnización por despido hasta 180.000 euros, lo que supondrá que el 99,9 % de los afectados por este supuesto no tendrá que tributar.

El anteproyecto de ley declaraba exentas las indemnizaciones que no superaran los 2.000 euros por año trabajado, situación por la que quedaba fuera de esta obligación el 79 % de las indemnizaciones por despido.

También anunció la mejora del aprovechamiento de la reserva de capitalización en el impuesto sobre sociedades.

Se establece como novedad que el límite a la compensación de las bases imponibles negativas en este impuesto se calculará sobre la base imponible existente antes de aplicar la nueva reserva de capitalización.

Esto hará posible ampliar el aprovechamiento de este incentivo fiscal al ahorro, que permite a las empresas destinar un 10 % de sus beneficios a la citada reserva de capitalización, que no tributará.

Por su parte, el secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, explicó ayer que los contribuyentes mayores de 65 años no tributarán por las plusvalías recibidas por ventas de cualquier tipo de activo, sean inmuebles, acciones o similares, siempre que dicha renta sea utilizada para asegurar un complemento a la pensión.

Asimismo, también avanzó que el proyecto incorporará otra novedad que es la rebaja de la exigencia del tiempo de permanencia de los planes individuales de ahorro sistemático de 10 a 5 años, ya que el Ejecutivo ha comprobado que dichos planes están creciendo y "merece la pena seguir potenciándolos".