La subida de cinco puntos de la base máxima de cotización en 2014 tendrá un impacto económico de 720 millones de euros, según recoge el proyecto de orden que el Gobierno ha enviado a los agentes sociales.

Una nota de Empleo y Seguridad Social informa hoy del envío de este texto, que recoge básicamente las previsiones contenidas en los Presupuestos Generales del Estado, como la subida de cinco puntos de la base máxima de cotización (ahora de 3.425,70 euros).

El proyecto de orden fija, como cada año, las reglas básicas de cotización para los diferentes colectivos de trabajadores de acuerdo a las la regulación contenida en los Presupuestos. Así, los tipos de cotización del Régimen General no varían respecto a 2013.

Como colectivos diferenciados, el proyecto se hace eco de la regulación de bases de empleados del hogar, trabajadores a tiempo parcial, personas con un contrato para la formación y el aprendizaje de quienes están en desempleo, entre otros.

Se mantiene, con alguna excepción, la regulación relativa a la cotización de determinadas situaciones del extinguido Régimen Especial del Hogar que todavía puede existir, como situaciones de baja laboral por incapacidad temporal, así como la de los beneficios en la cotización a favor de familiares numerosas.

La regulación de bases y tipos de los trabajadores agrarios por cuenta ajena responde a lo previsto en la ley 28/2011 de 21 de septiembre que regula su integración en el Régimen General de la Seguridad Social.

Una de las novedades para 2014 es la incorporación de las especialidades en materia de cotización para los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o autónomos en los casos de pluriactividad con jornada laboral a tiempo completo o a tiempo parcial superior al 50 %.

Se mantiene la regulación vigente en relación a la elección de las bases de cotización por parte de los trabajadores autónomos, en función de que sean menores de 47 años o tengan cumplidos 48 o más años.

También operará en 2014 la reducción del 50 % de la cuota a ingresar por los socios trabajadores de cooperativas dedicados a la venta ambulante, incluidos en el Régimen Especial de Autónomos.

Tendrán asimismo derecho a esa reducción los socios que hayan iniciado su actividad y quedado encuadrados en el citado régimen a partir de enero de 2009.

Finalmente, el proyecto de orden contempla que en 2014 seguirán vigentes los principales grupos de coeficientes reductores, tales como el aplicable a las empresas colaboradoras en la gestión de la incapacidad temporal y los específicos para determinar la cotización en los supuestos de convenio especial.