E.P. MADRID.
El desahucio exprés es realidad desde ayer. Empezó a aplicarse con la entrada en vigor de la Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios, en la que se incluye el llamado desahucio exprés, una figura jurídica que nace con la intenciónde aumentar la "seguridad" de quienes ponen sus propiedades en alquiler, "sin menoscabo de los derechos de los inquilinos de buena fe", matiza el Ministerio de Vivienda.
Según destaca Vivienda, el fundamento de la nueva ley radica en la necesidad de impulsar un amplio mercado del alquiler, y argumenta que "la existencia de un gran número de viviendas desocupadas es contradictorio e inaceptable dadas las necesidades de una parte importante de la población".
La norma modifica la Ley de Arrendamientos Urbanos y la Ley de Enjuiciamiento Civil para impulsar además el desarrollo del mercado del alquiler, y la Ley de Propiedad Horizontal, para facilitar acciones que mejoren la eficiencia energética de los edificios.
Por lo que respecta a la Ley de Arrendamientos Urbanos, la nueva norma amplía los supuestos en los que no procede la prórroga obligatoria del contrato de alquiler. Así, al supuesto en el que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la requiera para sus hijos, sus padres y su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial.
Viviendas más eficientes
Los cambios introducidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil están encaminados a facilitar que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de modo rápido y sencillo en caso de incumplimientos graves del pago del alquiler, sin que esto menoscabe los derechos de los inquilinos. En este sentido, la supresión de trámites y la reducción de plazos en los procedimientos impiden que se prolongue en el tiempo la incertidumbre sobre la resolución del conflicto, sin que con ello se vean alteradas sus garantías procesales. "Permite, adicionalmente, contar con mecanismos más eficaces para la agilización de los procesos incrementará la confianza de las partes, lo que contribuirá a la reducción de precios y a evitar la exigencia de garantías excesivas (avales y fianzas)", añade la ministra Beatriz Corredor.
Por otro lado, la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles. Asimismo, y con el objeto de potenciar y favorecer el transporte sostenible, se facilita la instalación en el aparcamiento del edificio de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje.
Más pisos en alquiler
El jefe del departamento de estudios de Idealista.com, Fernando Encinar, señaló ayer que el desahucio exprés, incentivará que miles de viviendas vacías "salgan al mercado" del alquiler, provocando una presumible bajada de precios en los "tres o cuatro próximos años". Encinar explicó que con la nueva legislación, "a partir del primer mes que el inquilino no pague, el propietario puede iniciar un proceso de desahucio y también se facilitan herramientas para que los jueces aceleren la expulsión de la vivienda del inquilino moroso". Los propietarios perderán así el miedo a la "leyenda negra" que dice que hay muchos arrendatarios morosos, una inseguridad jurídica que hacía que muchos propietarios no alquilasen la vivienda".
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