La banca española se enfrenta a un nuevo aluvión de demandas judiciales por los productos vendidos a sus clientes para blindarse frente a las subidas de tipos de interés, que les han acarreado abultadas pérdidas en un entorno económico con el precio del dinero en mínimos históricos.

Desde que en abril de 2003 un Real Decreto obligara a la banca a ofrecer instrumentos para que los contratantes de hipotecas a tipo variable se cubrieran ante el aumento de tipos, las entidades han comercializado los llamados swaps, que están generando multitud de reclamaciones al Banco de España y han llegado ya a los tribunales.

"Son productos de permuta financiera que permiten que el cliente no pague más de un determinado tipo de interés por mucho que suba el precio del dinero, pero que no le dejan beneficiarse cuando baja", explica el abogado Juan Ignacio Navas. El letrado del despacho Navas & Cusí, que prepara una treintena de demandas, critica que los bancos y cajas no informaron de las desventajas de estos productos y sus elevados costes de cancelación.

Para el abogado y profesor de Derecho Bursátil de la Universidad Carlos III, Fernando Zunzunegui, este problema podría tener más implicaciones para la banca que el caso Lehman Brothers, ya que ha llegado a amenazar la continuidad de muchas empresas.

Entre las entidades que más comercializaron los swaps, bien a pymes o bien a particulares, figura el Banco Santander, Caixa Galicia, Banc Sabadell, Bankinter, BBVA, La Caixa o Caixa Sabadell.

Varias se han enfrentado ya al rasero de los tribunales, que en algunos casos les han condenado a compensar a los afectados y en otros han validado la correcta comercialización de los productos.

Uno de los órganos más duros ha sido la Audiencia Provincial de Álava, que calificó las cláusulas del contrato como "oscuras", con lo que el cliente quedaba "en situación de inferioridad" porque firmó un documento "creyendo que le beneficiaba cuando en realidad no podía entender las operaciones". Tanto la Audiencia de Álava como la de Jaén han subrayado que los propios responsables de las entidades financieras que recomendaron esos productos desconocían los pormenores de su funcionamiento.

En cambio, la Audiencia Provincial de Madrid desestimó las demandas de dos clientes contra el Santander al sostener que los contenidos del contrato eran "lo suficientemente claros para permitir la emisión de una declaración de voluntad plenamente consciente y vinculante". La misma variedad de opiniones expresó el Banco de España, que inicialmente consideró que para la correcta comprensión de estos contratos se requiere una formación financiera "superior a la que posee la clientela bancaria en general", aunque en las últimas resoluciones ha apoyado el comportamiento de las entidades.Los swaps son tan complejos que tampoco los entienden fácilmente las sociedades, como ocurrió con la empresa vasca Piezas y Conjuntos Industriales, que consiguió que se le devuelvan los más de 31.000 euros que su banco le había cobrado por liquidar el swap, que había dejado de utilizar por las pérdidas que le ocasionaba.