El fiscal ha remitido al juez de instrucción 11 de Palma un escrito pidiendo el archivo de la causa abierta en 2015 contra el exgerente de la Simfònica Gori Marcus, su sucesor Marcelino Minaya y la jefa de administración de la entidad, Ruth Sardón. El ministerio fiscal exculpa a los tres de los delitos de prevaricación, malversación de caudales y falsedad documental, que les imputaba el comité de empresa, defendido por Francisco Pérez.

Los músicos de la Simfònica presentaron en mayo de 2015 la denuncia, que ha sido investigada por el mencionado juzgado.

Los denunciantes sostenían que "en el año 2014, el comité de empresa recibió la tabla salarial correspondiente al ejercicio 2014 y en ella constaba como la jefa de producción y la jefa de administración -cargos próximos al gerente y designados por este libremente- percibían casi por duplicado el complemento correspondiente a la jefatura de sus departamentos, pues en lugar de percibir 592,28 euros como correspondía, eran remunerados con 1.126,82 euros por mes". Estos hechos habrían vulnerado el artículo 12 de los Presupuestos para 2014 que establecía la imposibilidad de incrementar las retribuciones del personal y, por ello, también se denunció ante la Inspección de Trabajo, que hizo sus correspondientes investigaciones y acabó archivando el caso al no ver ninguna anomalía administrativa, según resalta el fiscal en su informe.

Los músicos estimaron que las cantidades destinadas a estos dos cargos podían sumar desde 2008 hasta 2015 unos 150.000 euros. El comité de empresa insistió en que la gerencia fue informada de esta "situación extremadamente irregular" y no rectificó los salarios para ajustarlos a lo pactado en el convenio.

El fiscal Jiménez Villarejo no ve indicios de prevaricación en la actuación de Gori Marcus, defendido por Juan Segura, y los otros investigados. "Este fiscal ve en la conducta de los investigados ausencia de maliciosidad, el investigado Gregorio Marcus se limita, tras consultar con el presidente de la Junta Directiva (del CMIB), a realizar lo que entiende una conducta correcta y admisible: dotar de remuneración a un plus de trabajo que estaba realizando la investigada Ruth Sardón (en calidad de responsable de administración)", afirma el informe.

Según el ministerio público, no hubo tampoco malversación ni desvío de caudales públicos porque los fondos obedecían al trabajo real de la funcionaria y correspondían a algo habitual en las Administraciones, como es retribuir con pluses a determinados cargos por su prolongación de horario, penosidad u otras circunstancias.

"Tampoco cabe hablar de un delito de malversación de caudales pues no se puede hablar de distracción de caudales públicos para usos ajenos a la función pública, ni a otro fin distinto, o ajeno al CMIB (la Simfònica), pues si algo ha quedado acreditado es que el complemento obedecía a un trabajo real", concluye el escrito.

Respecto a la falsedad por no aparecer los pluses en las tablas salariales entregadas al comité, Jiménez Villarejo dice que no era obligatoria la inclusión de dicho complemento en las tablas, cantidad que sí aparecía en las nóminas de Sardón.